Notificada la empresa recurrente con el referido auto de vista, interpuso el recurso de casación
Notificada la empresa recurrente con el referido auto de vista, interpuso el recurso de casación en fecha 14 de julio de 2015, objeto de análisis
- Auto Supremo Nº 120/2016
- Expediente: SC-CA.SAII-CBBA.315/2015
- Distrito: Cochabamba
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I
- I.1 Sentencia
- Que, tramitado el proceso laboral conforme a procedimiento, la Juez Primero de Partido del Trabajo
- I.2 Auto de Vista
- La mencionada sentencia, originó que la Empresa demandada formule el recurso de apelación a fs
- Notificada la empresa recurrente con el referido auto de vista, interpuso el recurso de casación
- Recurso de Casación
- La empresa de agua de mesa, La Riviera, representada legalmente por Diego Hugo Adolfo
- 2
- 4
- 1.3.1 Petición
- Concluyó solicitando a este Tribunal Supremo de Justicia, emita resolución casando la Sentencia y el
- 1.4 Respuesta al recurso de casación
- El demandante por memorial de fs
- CONSIDERANDO II
- En ese marco, el recurso de casación tiene como función que el Tribunal Supremo de
- En efecto, el recurso de casación se equipara a una nueva demanda de puro derecho,
- En virtud a lo expuesto, deberá tenerse en cuenta que el recurso de casación en
- En cambio el recurso de casación en la forma, tiene como finalidad anular determinadas actuaciones
- II.1 FUNDAMENTO DEL CUMPLIMIENTO Y/O INCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES
- De lo expuesto, se advierte con claridad que el recurso de casación ya sea en
- En ese contexto, del estudio y análisis del recurso de casación en el fondo, interpuesto
- Por los fundamentos de hecho y de derecho, se establece que el recurrente no observó
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Se regula el honorario de abogado del demandante, la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
