Auto Supremo AS/0278/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0278/2016-RRC

Fecha: 18-Abr-2016

Requisito que en el presente caso, no fue cumplido de manera suficiente, puesto que en


Requisito que en el presente caso, no fue cumplido de manera suficiente, puesto que en la denuncia realizada por el recurrente, se limitó a señalar la existencia de actividad procesal defectuosa, porque a su criterio el Auto de Vista impugnado incurrió en insuficiente fundamentación a tiempo de dar respuesta a su denuncia de inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva; más no explica las razones por las cuáles considera que el Tribunal de alzada cometió la vulneración que implique carencia o insuficiencia de motivación; cuando de la revisión de antecedentes, no se encuentra que dichos argumentos se encuentren sustentados en la verdad material de los mismos. En consecuencia, por los extremos señalados, se denota que las autoridades de alzada, no vulneraron ningún derecho fundamental ni garantía constitucional a tiempo de resolver este motivo, lo que implica una denuncia infundada por parte del recurrente de casación