Del recurso de casación y el Auto Supremo 689/2015-RA de 30 de noviembre, cursante de
I.2. Del motivo del recurso de casación
Del recurso de casación y el Auto Supremo 689/2015-RA de 30 de noviembre, cursante de fs. 333 a 335, se tiene el siguiente motivo a ser analizado:
Que en el caso presente se dispuso la conversión de acción, por los delitos de Robo agravado, Asociación delictuosa y Abigeato, delitos que son de gravedad y debían ser perseguidos en la vía de la acción penal pública por parte del Ministerio Público y de ninguna manera por la vía de acción penal privada; asimismo, denunció que el Juez de Sentencia no debía abrir su competencia para juzgar delitos con penas privativas de libertad cuyo máximo legal es mayor a cuatro años, defectos absolutos que atentan su derecho constitucional al debido proceso y a la seguridad jurídica, y que ni siquiera fueron mencionados por el Tribunal de alzada en la Resolución impugnada, limitándose a señalar que todo el actuar del Juez a quo se ajusta a derecho, sin detenerse a considerar las denuncias de la apelación, sobre la forma en la cual el Juez introduce prueba literal por su lectura, consistente en actas de declaración de testigos e informes de funcionarios policiales, sin haberlos hecho comparecer, incurriendo así en las mismas violaciones del Juez de instancia.
I.1.2. Petitorio
El recurrente solicita: “deliberando en el fondo declaren FUNDADO el mismo y sienten la doctrina legal aplicable al caso de autos, declarándome ABSUELTO de culpa y pena por el delito de ABIGEATO”. (sic)
- b) Contra la mencionada Sentencia, la parte imputada Richard Claros Durán formuló recurso de apelación
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- El Juez de Partido Mixto y Sentencia, de la Niñez y Adolescencia de Cotoca -Santa
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La apelación restringida fue resuelta por el Auto de Vista 121 de 5 de agosto
- En el caso presente, la parte imputada recurre de casación denunciando que el Auto de
- III.1. Sobre el principio de preclusión
- Desde el punto de vista doctrinal, la preclusión es un instituto jurídico, en virtud del
- Edgardo Pallares, sostiene que la preclusión: "Es la situación procesal que se produce cuando alguna
- Con relación al mismo tópico, la extinta Corte Suprema de Justicia, en el Auto Supremo
- (
- De lo referido, se puede concluir que el principio de preclusión se encuentra vinculado a
- En el caso presente, sobre los argumentos de la denuncia referidos a que el auto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
