Auto Supremo AS/0299/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0299/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Este Tribunal, admitió el recurso formulado por Juan Patzi Huerta, mediante Auto Supremo 696/2015-RA de


III. IV. VERIFICACIÓN DE VULNERACIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES Y FUNDAMENTOS DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN

Este Tribunal, admitió el recurso formulado por Juan Patzi Huerta, mediante Auto Supremo 696/2015-RA de 30 de noviembre en forma extraordinaria para su análisis y en los términos señalados en la referida Resolución. Así, el recurrente argumentó que el Tribunal de alzada realizó un análisis interpretativo erróneo respecto a la actuación del Juez de Sentencia en cuanto a la aplicación del art. 351 del CP; el Auto de Vista no consideró que el Juez de Sentencia otorgó valor probatorio a un documento suscrito en Buenos Aires que no se encuentra debidamente legalizado por las autoridades Bolivianas para ser tenidas como válidas en nuestro país; el Tribunal de alzada no observó, el Juez de Sentencia incurrió en incorrecta aplicación del art. 351 del CP; el Tribunal de alzada incurrió también en errónea aplicación del art. 351 del CP, con relación a los arts. 365 y 124 del CPP, porque se limitó a establecer de manera genérica y no específica sobre los puntos cuestionados en el recurso de apelación restringida interpuesto, por lo cual este accionar vulnera el debido proceso en su vertiente de la fundamentación respecto a la existencia de la configuración o adecuación de la conducta al supuesto delito de Despojo; correspondiendo resolver la problemática planteada, a cuyo efecto se ve por conveniente realizar previamente algunas consideraciones respecto a la temática que se denuncia y que fundamenta el presente Auto, para posteriormente ingresar al análisis del caso en concreto