Auto Supremo AS/0302/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0302/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Con relación al segundo motivo, concluyó que el Tribunal inferior ejerció las reglas de la


La apelación restringida fue resuelta por el Auto de Vista 165 de 30 de julio de 2015, y sobre las denuncias planteadas por la parte acusadora en casación, resolvió de la siguiente manera:

Respecto al primer motivo, precisó que la Sentencia Constitucional 1075/2003-R de 24 de julio, aclara los alcances de la expresión “inobservancia o errónea aplicación de la ley” y los hechos acusados deben ser probados conforme a ley; que en el presente caso, el apelante “fundamenta este articulo manifestando que en el presente caso se dan los elementos constitutivos esenciales del tipo penal de Estafa” (sic); sin embargo, de la lectura de la Sentencia se constataría que no existió errónea aplicación de la norma sustantiva, bajo el fundamento de que no existe Sentencia condenatoria y mal pudiera decirse que existió errónea calificación de los hechos, errónea concreción del marco penal o errónea fijación judicial de la pena; más por el contrario, al haberse absuelto al acusado no podría existir errónea aplicación de la norma sustantiva conforme lo explica la Sentencia Constitucional 727/2003.

Con relación al segundo motivo, concluyó que el Tribunal inferior ejerció las reglas de la sana crítica a tiempo de valorar las pruebas, aplicando los arts. 124 y 173 del CPP, bajo el argumento de que dicha motivación fue convincente, existe una insuficiente producción probatoria por parte del acusador para que pueda generar certeza de culpabilidad por el delito acusado, que de la revisión del acta del juicio oral se establecería que los testigos de cargo no generaron en el Tribunal el convencimiento de los hechos acusados, imposibilitando de esta manera demostrar todos los extremos de la acusación, máxime si se tomó en cuenta que tanto los testigos de cargo como de descargo, hubieran generado en el Juez inferior la duda razonable acerca de la culpabilidad del acusado