Emitido el Auto de Vista de fs
Emitido el Auto de Vista de fs. 291 a 292, se notifica con dicha Resolución al recurrente en fecha 25 de febrero de 2016 (fs. 293) el que presenta su recurso en fecha 09 de marzo del año en curso (timbre de fs. 295), dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil; escrito en el cual también se advierte que el recurrente precisa la resolución impugnada; debiendo constar que la Sentencia fue recurrida de apelación por el hoy recurrente y al ser confirmatorio el Auto de Vista, impugna el decisorio en proceso ordinario aspecto que le permite impugnar dicha Resolución
- Partes: Celso Paz Dicher c/ Manuela Toledo Arteaga y otros
- Proceso: Nulidad de contrato y otros
- Distrito: Santa Cruz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Conforme a lo previsto en el art
- Emitido el Auto de Vista de fs
- Posteriormente refiere ciertos medios de prueba relativos a un certificado de matrimonio de 28 de
- También señala que, el Ad quem interpretó erróneamente la sentencia, cuando en el recurso se
- Posteriormente manifiesta que su ex esposa se adjudica un inmueble de Cooperativa Pedro Ribera Méndez
- Ulteriormente describe que se aplicó erróneamente el art
- De acuerdo al detalle descrito se evidencia que el recurrente no ha dado cumplimiento a
- Por lo expuesto, este Tribunal considera emitir una resolución en la forma prevista por el
- Regístrese, hágase saber.
