De tal manera, conforme a la normativa precitada y a lo dispuesto en los art
Bajo tales antecedentes, se evidencia en obrados que el tribunal ad quem, fundamentó y basó su fallo en función al análisis de la documentación presentada por el asegurado, sustentando además su Resolución en lo prescrito en el art. 14 del DS Nº 27543 de 31 de mayo de 2004.
De tal manera, conforme a la normativa precitada y a lo dispuesto en los art. 158 y 162 de la CPE de 1967, debe recordarse que los derechos sociales son irrenunciables, siendo obligación del Estado defender el capital humano, protegiendo la salud de la población, asegurando la continuidad de sus medios de subsistencia, rehabilitación y mejorando las condiciones de vida del grupo familiar, cuyos regímenes de seguridad social se inspiran en los principios de universalidad, solidaridad, unidad de gestión económica, oportunidad y eficacia; principios además que se ratifican en los art. 35.I y 45.II y IV, de la CPE, garantizando el derecho a la jubilación con carácter universal solidario y equitativo
De tal manera, conforme a la normativa precitada y a lo dispuesto en los art. 158 y 162 de la CPE de 1967, debe recordarse que los derechos sociales son irrenunciables, siendo obligación del Estado defender el capital humano, protegiendo la salud de la población, asegurando la continuidad de sus medios de subsistencia, rehabilitación y mejorando las condiciones de vida del grupo familiar, cuyos regímenes de seguridad social se inspiran en los principios de universalidad, solidaridad, unidad de gestión económica, oportunidad y eficacia; principios además que se ratifican en los art. 35.I y 45.II y IV, de la CPE, garantizando el derecho a la jubilación con carácter universal solidario y equitativo
- Auto Supremo Nº 158/2016
- Expediente: SC-CA.SAII-CBBA.344/2015
- Distrito: Cochabamba
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que, dentro del recurso de reclamación de renta única de vejez interpuesto por
- Ante esta determinación el asegurado interpuso recurso de reclamación a fs
- Este fallo originó que el representante del SENASIR, formule recurso de casación en el fondo,
- Señaló interpretación contradictoria que crea inseguridad jurídica, citando al respecto, el art
- Que el auto de vista, atenta el orden público, lesiona los intereses del Estado y
- Que de aplicarse la resolución recurrida, se afectaría el erario nacional, porque obligaría a reconocer
- Al respecto, revisados los antecedentes que informan al proceso, se constata que, el asegurado, ha
- Po lo que, en el caso presente corresponde calificar a favor del asegurado los periodos
- A lo señalado, y conforme a la jurisprudencia sentada por este Tribunal, tanto en los
- De tal manera, conforme a la normativa precitada y a lo dispuesto en los art
- Por todo lo expuesto, se concluye que el auto de vista recurrido no transgrede ni
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
