Auto Supremo AS/0159/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0159/2016

Fecha: 06-May-2016

Del Auto de Vista recurrido, se advierte que el Tribunal de Alzada en aplicación de

Del Auto de Vista recurrido, se advierte que el Tribunal de Alzada en aplicación de la Constitución Política del Estado y las Leyes Laborales, no ingresó a analizar ninguna otra petición sobre el despido del trabajador, pues basó su determinación en que no existió sentencia ejecutoriada de DESAFUERO SINDICAL previo, pues el demandante Marco Antonio Valdivia Soliz fue designado Secretario General del Directorio del Sindicato de Trabajadores Petroleros de Camiri, para la gestión del 1º de septiembre de 2008 al 31 de agosto de 2010, reconocido mediante Resolución Ministerial Nº 666/08 de 11 de noviembre de 2008 por el Ministerio de Trabajo