Auto Supremo AS/0379/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0379/2016-RA

Fecha: 24-May-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 379/2016-RA
Sucre, 24 de mayo de 2016

Expediente: La Paz 31/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Yesid Leandro Campuzano Cabra
Delitos: Robo Agravado y otro

RESULTANDO

Por memorial cursante de fs. 599 a 603 vta., Yesid Leandro Campuzano Cabra, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 82/2014 de 16 de enero, que cursa de fs. 584 a 586 vta. de obrados, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, Wilmer Hernández Ramírez y Giovanni Orlando Vergara Ospina, por la presunta comisión de los Delitos de Robo Agravado y Asociación Delictuosa, previstos y sancionados por los arts. 332 y 132 del Código Penal (CP), respectivamente.

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia 41/2013 de 16 de enero de 2014 (fs. 426 a 427), el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal Cautelar del Distrito Judicial de La Paz, declaró a Wilmer Hernández Ramírez, Giovanni Orlando Vergara Ospina y Yesid Leandro Campuzano Cabra, autores y culpables del delito de Robo Agravado, tipificado por el art. 331 con relación al 332 inc. 2) del CP, condenándoles a los dos primeros a tres años de reclusión y al tercero a seis años de privación de libertad