De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Por Sentencia 50/2013 de 5 de noviembre (fs. 187 a 199 vta.), el Tribunal de Sentencia de Quillacollo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró al imputado absuelto de culpa y pena de la comisión de los delitos de Violación de Niño, Niña o Adolescente y Abuso Deshonesto, previsto y sancionado por los arts. 308 Bis y 312 del CP, sin costas por ser excusable.
b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs. 202 a 204 vta.) interpuso recurso de apelación restringida que fue resuelto por Auto de Vista de 9 de octubre de 2014, que resolvió declarar procedente el recuso planteado y de conformidad al art. 413 del Código de Procedimiento Penal (CPP), anuló totalmente la Sentencia absolutoria ordena la reposición del juicio por otro tribunal de Sentencia del asiento judicial más próximo, previo sorteo computarizado
- Por memorial presentado el 19 de enero de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Señala que se valoró correctamente la prueba introducida en juicio oral, es así, que
- 4) Con relación a la supuesta falta de fundamentación en la Sentencia que se alega,
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme a lo normado en el art
- Con relación al primer motivo, haciendo alusión al art
- Con relación a los motivos planteados, se advierte que la recurrente, en casación, no invocó
- Con relación al tercer motivo, en el que refiere que el Tribunal de alzada hizo
- Con relación a la temática planteada el recurrente invocó como precedentes contradictorios la Sentencias Constitucionales
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
