Por memorial presentado el 19 de enero de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 383/2016-RA
Sucre, 24 de mayo de 2016
Expediente: Cochabamba 30/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Félix Zanca Cámara
Delitos: Violación de Niño, Niña o Adolescente y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 19 de enero de 2015, cursante de fs. 234 a 236 vta., Félix Zanca Cámara interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 09 de octubre de 2014, de fs. 211 a 215 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Defensoría de la Niñez y Basilia Marca Mamani en contra del recurrente, por la presunta comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente y Abuso Deshonesto, previstos y sancionados por los arts. 308 Bis y 312 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 383/2016-RA
Sucre, 24 de mayo de 2016
Expediente: Cochabamba 30/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Félix Zanca Cámara
Delitos: Violación de Niño, Niña o Adolescente y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 19 de enero de 2015, cursante de fs. 234 a 236 vta., Félix Zanca Cámara interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 09 de octubre de 2014, de fs. 211 a 215 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Defensoría de la Niñez y Basilia Marca Mamani en contra del recurrente, por la presunta comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente y Abuso Deshonesto, previstos y sancionados por los arts. 308 Bis y 312 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 19 de enero de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Señala que se valoró correctamente la prueba introducida en juicio oral, es así, que
- 4) Con relación a la supuesta falta de fundamentación en la Sentencia que se alega,
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme a lo normado en el art
- Con relación al primer motivo, haciendo alusión al art
- Con relación a los motivos planteados, se advierte que la recurrente, en casación, no invocó
- Con relación al tercer motivo, en el que refiere que el Tribunal de alzada hizo
- Con relación a la temática planteada el recurrente invocó como precedentes contradictorios la Sentencias Constitucionales
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
