Corresponde señalar que la Orden Judicial, en base a la cual se dispuso la facción
Corresponde señalar que la Orden Judicial, en base a la cual se dispuso la facción de la minuta de transferencia, no es un proceso contencioso, sino una “Orden Judicial” que por su naturaleza reviste un proceso voluntario (extra contencioso) en la que no existe una pretensión sino una petición que se tramita en base a un interesado (coordinadora) por lo que siendo una orden judicial y que la misma no es susceptible de ser recurrido de casación como es el Auto de fecha 5 de febrero 2015. El mismo que se habilita para procesos contenciosos y no para voluntarios
- Expediente: CB-35-16-Com
- CONSIDERANDO II: Que, del análisis de los antecedentes del cuadernillo de compulsa se puede evidenciar
- Ante esa negativa los recurrentes, interponen recurso de compulsa (fs
- Corresponde señalar que la Ley Nº 668 señala en su art
- Corresponde señalar que la Orden Judicial, en base a la cual se dispuso la facción
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- Se impone multa al compulsante conforme al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
