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    Auto Supremo AS/0141/2016-I
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0141/2016-I

    Fecha: 06-Jun-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Auto Supremo Nº 141/2016-I
    • Sucre, 6 de junio de 2016
    • Expediente: SC-CA.SAII-CBBA.187/2016
    • Distrito: Cochabamba
    • Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
    • ANTECEDENTES DEL CASO
    • I.1 Sentencia
    • I.2 Auto de Vista
    • Contra el auto de vista, en representación de la empresa demandada, Blanca Ruth Mayorga de
    • Asimismo, a tiempo de dictar el ad quem el auto de vista, no compulsó
    • Que, en el recurso de nulidad en la forma, denuncia que, conforme a lo precedente,
    • Que, la sentencia y auto de vista impugnados, no se hallan sustentados en la Ley;
    • Que, el a quo al emitir sentencia, actuó sin competencia e hizo contravención del art
    • Que, en el caso presente de conformidad al art
    • Que, el presente caso el a quo, no cumplió las reglas de competencia dispuestas por
    • Que, los vocales recurridos contravinieron el art
    • Conforme a lo precedente y de conformidad a los arts
    • I.3.1 Petición
    • Concluyó, solicitando a este alto Tribunal Supremo de Justicia, admita el recurso, anule obrados hasta
    • II.1. Requisitos exigidos para la admisión del recurso
    • Que, conforme estableció la doctrina y la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación
    • En virtud a lo expuesto, deberá tenerse en cuenta que el recurso de casación puede
    • Que, al estar ahora en plena vigencia la Ley Nº 439 de 19 de noviembre
    • Que, de la revisión del recurso, si bien fue planteada dentro el plazo previsto
    • Que, de la revisión de obrados, y lo expuesto en el recurso, se colige que
    • El legislador al respecto preveyó este supuesto factico en la norma adjetiva civil aplicable por
    • Ahora bien en cuanto a la solicitud de nulidad, no se halla debidamente justificada menos
    • Por los fundamentos de hecho y de derecho expuestos precedentemente se concluye, que el recurso
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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