Auto Supremo AS/0141/2016-I
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0141/2016-I

Fecha: 06-Jun-2016

Que, los vocales recurridos contravinieron el art

Que, los vocales recurridos contravinieron el art. 251 del CPC, al no compulsar debidamente el expediente ni evidenciar la vulneración del debido proceso y del art. 80 del CPT, porque según la recurrente- debió declarar de oficio la nulidad de obrados y disponer se dicte una nueva sentencia, en cumplimiento a la citada norma procesal en aplicación del art. 252 del CPT. De igual forma, el art. 90 del CPC, concordante con el art. 5 de la Ley Nº 439, determinan la obligación del cumplimiento de la ley