- Auto Supremo Nº 141/2016-I
- Sucre, 6 de junio de 2016
- Expediente: SC-CA.SAII-CBBA.187/2016
- Distrito: Cochabamba
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTECEDENTES DEL CASO
- I.1 Sentencia
- I.2 Auto de Vista
- Contra el auto de vista, en representación de la empresa demandada, Blanca Ruth Mayorga de
- Asimismo, a tiempo de dictar el ad quem el auto de vista, no compulsó
- Que, en el recurso de nulidad en la forma, denuncia que, conforme a lo precedente,
- Que, la sentencia y auto de vista impugnados, no se hallan sustentados en la Ley;
- Que, el a quo al emitir sentencia, actuó sin competencia e hizo contravención del art
- Que, en el caso presente de conformidad al art
- Que, el presente caso el a quo, no cumplió las reglas de competencia dispuestas por
- Que, los vocales recurridos contravinieron el art
- Conforme a lo precedente y de conformidad a los arts
- I.3.1 Petición
- Concluyó, solicitando a este alto Tribunal Supremo de Justicia, admita el recurso, anule obrados hasta
- II.1. Requisitos exigidos para la admisión del recurso
- Que, conforme estableció la doctrina y la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación
- En virtud a lo expuesto, deberá tenerse en cuenta que el recurso de casación puede
- Que, al estar ahora en plena vigencia la Ley Nº 439 de 19 de noviembre
- Que, de la revisión del recurso, si bien fue planteada dentro el plazo previsto
- Que, de la revisión de obrados, y lo expuesto en el recurso, se colige que
- El legislador al respecto preveyó este supuesto factico en la norma adjetiva civil aplicable por
- Ahora bien en cuanto a la solicitud de nulidad, no se halla debidamente justificada menos
- Por los fundamentos de hecho y de derecho expuestos precedentemente se concluye, que el recurso
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
