Auto Supremo AS/0191/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0191/2016

Fecha: 08-Jun-2016

CONSIDERANDO I

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo No 191
Sucre, 08 de junio de 2016

Expediente: 389/2015-S
Demandante : Caja Petrolera de Salud – Departamental Cochabamba
Demandado: Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado
Materia: Coactivo Social
Magistrado Relator : Dr. Jorge Isaac von Borries Méndez

VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por la Caja Petrolera de Salud, representado legalmente por Carmen Paola Ivana Camacho Vega, cursante a fs. 384 a 386 contra el Auto de Vista N° 241/2014 de 24 de octubre de 2014 emitido por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso coactivo social seguido por la Caja Petrolera de Salud contra el Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cochabamba – SEMAPA. El Auto de 12 de octubre de 2015 a fs. 390, por el que se concede el recurso;
CONSIDERANDO I:
I.1. ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1.1. Contenido de la demanda
La Caja Petrolera de Salud Regional Cochabamba, representada legalmente por el Dr. Esteban Sanabria Guzmán en su calidad de Administrador Departamental de la institución, interpone Demanda Coactiva Social de fs. 7 a 8, contra la Empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado – SEMAPA. Pidiendo que se pronuncie el correspondiente Auto de Solvendo, por el que se ordene a la entidad coactivada, pague el importe total de la Nota de Cargo NC-CE-002-2011 de 13 de junio de 2011, por la suma total de Bs.2.720.614,95 (dos millones setecientos veinte mil seiscientos catorce 95/100 Bolivianos) por concepto de liquidación de aportes devengados de salarios pagados a su personal y no consignados en declaraciones a la Caja Petrolera de Salud, determinado mediante revisión de Auditoria por las gestiones 2004 a 2008