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4.- Con relación al pago de domingos y feriados, citó el “Manual de Serenaje y Reglamento Interno” que determina y norma el tipo de trabajo especial en las estaciones que brinda servicio la Empresa STS Bolivia que determina que el sereno es la única persona responsable del ingreso de los técnicos de la empresa para solucionar fallas en las antenas porque no puede ser interrumpida la telefonía celular en el sector. Asimismo, el pliego de conclusiones acordado con los sindicatos de STS Bolivia Ltda., concordante con lo establecido en el art. 46 parte segunda de la LGT, ordena una jornada laboral de 12 horas para los trabajadores de vigilancia y prohíbe las jornadas más allá, por lo que queda en evidencia que el cálculo realizado por el actor, no comprende los lapsos del descanso inter-labor, el descanso nocturno, ni las vacaciones, citando al respecto lo previsto en el art. 49 de la LGT, y que en la empresa se aplica el “descanso prolongado” que no consiste en el descanso mensual de 4 a 5 días al mes, dependiendo si en el mes se presentan cuatro y uno o varios feriados, no se considera la “jornada efectiva”, que determina la imposibilidad legal de realizar actividades laborales dentro de esta
- Auto Supremo Nº 193/2016
- Sucre, 30 de junio de 2016
- Expediente: SC-CA.SAII-LP.067/2016
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I
- En grado de apelación deducida por ambos sujetos procesales de fs
- El referido auto de vista, motivó a la empresa demandada a interponer el recurso de
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- Agrega que el trabajo de vigilancia no se encontraba sometido a fiscalización superior inmediata, por
- Finalmente, denunció la vulneración del art
- Concluyó solicitando de manera incongruente la nulidad de obrados para que sea el Tribunal Supremo
- Por memorial de fs
- Asimismo se hace constar que, si bien el actor también por este memorial de fs
- Sobre el primer punto relacionado a la causa de retiro que según la parte recurrente
- Al respecto, analizados los antecedentes procesales se advierte que, en el acta de conciliación de
- Es importante señalar, que el trabajo por constituir la base del orden social y económico
- Como se podrá advertir, según lo establecido en el punto anterior, existe duda sobre el
- Bajo estas premisas, se concluye que el auto de vista objeto del recurso de casación,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Se regula el honorario del profesional abogado, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
