- Por memorial presentado el 12 de abril de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Santiago David Velásquez Morales, formuló recurso de
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- 2) Arguye que asimismo, el fallo de alzada menciona que no fue debidamente valorada la
- 3) Señala que, con relación al derecho propietario mencionado en el Auto de Vista impugnado,
- Finalmente alega que al haber existido un reordenamiento de la zona donde se encuentra el
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En este estado del análisis conviene recordar que como una de las exigencias de admisibilidad
- Dicho ello, corresponde revisar los supuestos denunciados por la parte recurrente en este primer motivo,
- Corresponde señalar que si bien, la impugnante denuncia vulneración de derechos fundamentales y/o garantías constitucionales,
- En el segundo agravio, la recurrente denuncia que el fallo de alzada alegó, que el
- En el tercer agravio se reclaman aspectos referidos al derecho propietario que hubieran sido mencionados
- En virtud a lo señalado, habiéndose evidenciado que en el presente motivo, se omitió la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
