Auto Supremo AS/0426/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0426/2016-RA

Fecha: 13-Jun-2016

En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se tiene


En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se tiene:

Respecto al primer motivo, referido a que el Auto de Vista recurrido no habría considerado ni atendido en torno al agravio de inobservancia de las reglas de procedencia del procedimiento abreviado, en el que el recurrente hubiera formulado oposición fundamentada y solicitado se aplique el procedimiento común. En la especie, el recurrente no ha invocado, ni citado ningún precedente contradictorio, tal cual lo exige el art. 416 del CPP, lo que imposibilita materialmente a este Tribunal a cumplir con su labor de contraste encomendado por ley; en consecuencia, no cumple con los presupuestos requeridos por los arts. 416 y 417 del CPP, por tanto, el motivo resulta inadmisible.

Con relación al segundo motivo, en el que reclama que el Auto de Vista impugnado no habría considerado ni hecho referencia a la oposición fundamentada de la víctima. En el presente agravio, invoca como precedente contradictorio, la Sentencia Constitucional 1066/2010 de 23 de agosto, Resolución que no contiene doctrina legal aplicable, porque contraviene lo dispuesto por el art. 416 del CPP, que establece: “El recurso de casación procede para impugnar autos de vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia contrarios a otros precedentes pronunciados por otras Cortes Superiores o por la Sala Penal de la Corte Suprema”. (El subrayado es nuestro). Por lo que corresponde determinar su inadmisibilidad