En el caso de autos, se establece que el 3 de diciembre de 2013, fueron
V. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, se establece que el 3 de diciembre de 2013, fueron notificadas las partes quienes recurren en casación con el Auto de Vista impugnado; en el caso del Ministerio Público se constata que el 10 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación (fs. 355 vta.); es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley, cumpliendo con el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 10 de diciembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, la representante del Ministerio Público interpuso recurso de apelación restringida
- c) El 03 de diciembre de 2013 (fs
- Previa transcripción de los puntos II
- Asimismo, argumenta sobre el principio de seguridad jurídica, citando la SC 391/2003-R de 26 de
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- En el caso de autos, se establece que el 3 de diciembre de 2013, fueron
- En el caso del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, el 29 de agosto de 2014,
- V.1. Recurso de casación del Ministerio Público
- El Ministerio Público, de manera confusa, por cuanto denota una falta total de coherencia en
- Por otro lado, la denuncia genérica de lesión de derechos y garantías, así como la
- V.2. Adhesión al recurso de casación por parte del Gobierno Autónomo del Departamento de Tarija
- De los antecedentes se establece que el Gobierno Autónomo de Departamento de Tarija, en su
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
