Auto Supremo AS/0442/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0442/2016-RA

Fecha: 14-Jun-2016

Finalmente las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas de oficio


Finalmente las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas de oficio ni con la mera referencia de vulneración al debido proceso que constituye la existencia de defectos absolutos, pues a efectos de ingresar al fondo del agravio vía flexibilización, los recurrentes tenían la obligación de cumplir con los presupuestos explicados en el acápite III de esta Resolución, mismos que fueron completamente omitidos, pues a más de proceder a citar Sentencias Constitucionales que por mandato del art. 416 del CPP no se constituyen en precedentes contradictorios en un recuso de casación, y como resultado de la deficiencia antes descrita, de ninguna manera precisa cuál su relación con lo resuelto por el Tribunal de alzada al no establecer cuál los agravios no resueltos de manera motivada, en consecuencia, genera que el recurso resulte inadmisible, aun acudiendo a los criterios de flexibilización