Emitida la Sentencia 28 de 3 de septiembre de 2009, se procedió a la notificación
Emitida la Sentencia 28 de 3 de septiembre de 2009, se procedió a la notificación con ella al imputado Julio Cesar López el día 15 de octubre de 2009, al día siguiente solicitó mediante memorial la Enmienda y Complementación de dicha resolución, respecto a que en Sentencia no se dispuso la entrega de sus bienes, ni la devolución de la fianza real; por otro lado, se procedió a la notificación con la resolución de juicio al Ministerio Público el 16 de septiembre de 2009, conforme consta de fs. 164, habiendo presentado su apelación restringida en fechas 12 y 14 de octubre del mismo año
- I.1. Antecedentes
- a) Por Sentencia 28 de 03 de septiembre de 2009 (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusado Julio Cesar López Aponte solicita complementación y
- I.1.1.Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 412/2016-RA de 17 de 24
- El recurrente solicito se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, estableciendo la doctrina
- I.2. Admisión del recurso
- Concluida la audiencia de juicio oral, el Tribunal Quinto de Sentencia de la entonces Corte
- En el acápite de los hechos probados y no probados se señaló que, no se
- II.2. De la petición de Complementación y enmienda
- Una vez notificado el co procesado Julio Cesar Aponte con la Sentencia el 15 de
- II.3. De la apelación restringida
- Notificado el Ministerio Público con la Sentencia el 16 de septiembre de 2009, interpuso apelación
- II.4.Del Auto de Vista impugnado
- Radicado el recurso ante la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito
- El Auto Supremo 020/2012-RRC de 14 de febrero, diáfanamente ha establecido que “Las disposiciones contenidas
- Este aspecto resulta de trascendencia, habida cuenta que en el caso de que la sentencia
- Asimismo, debe considerarse que la resolución que se emita como emergencia de una solicitud de
- Ahora bien, la notificación con esa resolución determina el inicio del cómputo del plazo para
- Este entendimiento asumido por este Tribunal encargado de desarrollar la interpretación de la legalidad ordinaria,
- Conforme lo señalado, queda establecido que el plazo para la interposición de un recurso de
- III.2.Análisis sobre el caso concreto
- Respecto a la denuncia central por el Ministerio Público en sentido que el Tribunal de
- Ahora bien, para el análisis del presente motivo será preciso partir de las notificaciones con
- Emitida la Sentencia 28 de 3 de septiembre de 2009, se procedió a la notificación
- Ante ello el Tribunal de alzada mediante Auto de Vista 154 de 10 de diciembre
- Así establecido la problemática, la afirmación realizada por el Ministerio Público resulta cierta por los
- En coherencia con ello, la amplia jurisprudencia en aplicación del principio de favorabilidad y de
- Por ello, al haber resuelto el Tribunal de alzada la extemporaneidad de la presentación de
- Para fines del art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
