Auto Supremo AS/0472/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0472/2016-RA

Fecha: 24-Jun-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 472/2016-RA
Sucre, 24 de junio de 2016

Expediente: Chuquisaca 13/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Verónica Laura Guiteras Aramayo
Delito: Desobediencia a la Autoridad y otro

RESULTANDO

Por memorial cursante de fs. 1373 a 1379 vta., Verónica Laura Guiteras Aramayo, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 130/016 de 20 de abril de 2016, de fs.1330 a 1334 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Marina Durán Miranda contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Obstrucción a la Justicia, previsto y sancionado por el art. 32 de la Ley de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas; Desobediencia a la Autoridad e Impedir o Estorbar el Ejercicio de Funciones, previsto y sancionado por los arts. 160 a 161 del Código Penal (CP).

I.ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia 20/2015 de 25 de noviembre (fs. 1122 a 1130 vta.), el Tribunal Tercero de Sentencia de la Capital del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Verónica Laura Guiteras Aramayo, Absuelta de pena y culpa de la comisión del delito de Obstrucción a la Justicia, previsto y sancionado por el art. 32 de la Ley de Lucha contra la corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas; y, Autora de la comisión de los delitos de Desobediencia a la Autoridad e Impedir y Estorbar el Ejercicio de Funciones, previstos y sancionados por los arts. 160 y 161 del CP, imponiéndole la pena de un año y seis meses de privación de libertad, por el concurso real de delitos, más costas y pago de daños y perjuicios averiguables en ejecución de Sentencia. A solicitud de la defensa, el Tribunal de Sentencia, concedió a la imputada el beneficio del Perdón Judicial