Auto Supremo AS/0472/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0472/2016-RA

Fecha: 24-Jun-2016

En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, la recurrente a tiempo de


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el caso de autos, se establece que el 06 de mayo del 2016, fue notificada la imputada con el Auto de Vista hoy impugnado y el día 13 del mismo mes del presente año, interpuso recurso de casación; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley, cumpliendo con el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP.

En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, la recurrente a tiempo de alegar que el Tribunal de alzada al argumentar que la imputada renunció al plazo otorgado por ley para la interposición del recurso de apelación restringida, no observó que no es posible renunciar a derechos fundamentales y que sostener este criterio vulnera el debido proceso, las garantías constitucionales y en el caso de autos se vulnera sus derechos, se le priva de un juicio justo y correcto. Si bien invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 228 de 15 de julio del 2008, se limitó a transcribir parcialmente el mismo, sin expresar en términos claros cual es la contradicción entre este precedente y la resolución impugnada, sumado a esta falencia se tiene que la recurrente invoca como precedente una resolución que no contiene doctrina legal aplicable, pues en el mismo se declaró infundado el recurso de casación, aspecto que impide a este Tribunal ejercer su función unificadora de jurisprudencia