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    Auto Supremo AS/0483/2016-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0483/2016-RA

    Fecha: 27-Jun-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memoriales presentados el 22 y 26 de abril de 2016, cursantes de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la mencionada Sentencia, se presentaron dos recursos de apelación restringida: el primero presentado
    • c) Notificadas las partes con el Auto complementario del referido Auto de Vista, el 15
    • De la revisión de los recursos de casación, se extrae como motivos de los mismos,
    • 2) De otro lado acusa que el Auto de Vista recurrido, habría vulnerado el art
    • II.2. Recurso de Casación de Vladimir Lazcano Barrancos
    • a) El recurrente denuncia incongruencia omisiva, señalando que el Auto de Vista impugnado no habría
    • c) Como Tercer motivo nuevamente denuncia incongruencia omisiva, señalando que el Tribunal de alzada no
    • d) Bajo el epígrafe de: “…FALTA DE ENUNCIACIÓN DEL HECHO OBJETO DEL JUICIO O SU
    • Concluye pidiendo que se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido, se anule la
    • El art
    • En este contexto, el art
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
    • También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
    • Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
    • Denuncia respecto a la valoración de la prueba
    • Inicialmente se advierte, que los recursos de casación fueron interpuestos dentro del plazo legal establecido
    • En consecuencia a continuación, corresponde la verificación del cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad,
    • En el segundo motivo, denuncia vulneración del art
    • El acusado como primer motivo de su recurso, denuncia incongruencia omisiva, porque el Tribunal de
    • Sin embargo el recurrente denuncia defectos absolutos no susceptibles de convalidación, señalando como hecho generador,
    • En el segundo motivo, denuncia que no se le habría notificado con las piezas del
    • Al respecto inicialmente, es menester recordar al impugnante, que el recurrente tiene la carga argumentativa
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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