Auto Supremo AS/0483/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0483/2016-RA

Fecha: 27-Jun-2016

En el segundo motivo, denuncia que no se le habría notificado con las piezas del


En el segundo motivo, denuncia que no se le habría notificado con las piezas del proceso en un medio de circulación nacional, señala que a su criterio no es válido el haberle notificado sólo por el semanario Perla del Acre, el cual es un medio que se publica cada 7 días, por lo tanto señala que no se habría cumplido con la inmediación de los 5 días; cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 82/2013, 90/2013, 201/2013 y 021/2014; en el tercer motivo, se tiene que denuncia incongruencia omisiva, indicando que no se habría respondido a la denuncia respecto que en el caso de autos no debió aplicarse el procedimiento establecido en la ley de Descongestionamiento, porque a decir del recurrente lo que correspondía era el aplicar el procedimiento establecido en la ley 007 de 18 de mayo de 2010, citando como precedentes contradictorios los Autos Supremos 417/2003, 51/2013, 342/2006 y 297/2012; en el cuarto motivo, denuncia que no se habría establecido la base del juicio, en el Auto de apertura, al respecto cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 45/2004, 442/2004, 443/2004 y 297/2012; finalmente como quinto motivo, denuncia que la prueba MP-2 sería ilegal por no haber pasado bajo los principios de contradicción y publicidad, y tampoco se habría establecido cuales son las pruebas documentales que llevan al convencimiento para dictar una sentencia condenatoria, al efecto cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 62/2012, 176/2012 y 749/2015