Del memorial del recurso de casación de fs
Del memorial del recurso de casación de fs. 508 a 511 y el Auto Supremo 425/2016-RA de 13 de junio, se extrae el motivo a ser analizado en la presente Resolución, conforme al mandato establecido en los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ)
- Por memorial presentado el 22 de diciembre de 2015, cursante de fs
- a) Por Sentencia 20 de 10 de septiembre de 2014 (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado César López Montero, interpuso recurso de apelación restringida
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial del recurso de casación de fs
- El recurrente denuncia que no obstante que en su recurso de apelación restringida, solicitó un
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita se declare admisible y procedente su recurso de casación, conforme lo establecen
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 425/2016-RA cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y detallado el ámbito de
- II.2. De la Sentencia
- Por Sentencia 20 de 10 de septiembre de 2014 (fs
- II.3. De la apelación restringida e incidental
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado César López Montero, interpuso recurso de apelación restringida, por
- II.4. Del Auto de Vista impugnado
- Este Tribunal admitió el presente recurso, abriendo su competencia a objeto de verificar la posible
- III
- A efectos de resolver la problemática planteada se debe tener presente que conforme dispone el
- Al respecto, este Tribunal Supremo de Justicia, estableció amplia doctrina legal, como la contenida en
- En cuanto a la formulación de un recurso de apelación restringida y de manera conjunta
- III.3. Análisis del caso concreto
- Contando con las bases suficientes para considerar que la falta de pronunciamiento por parte del
- Con este actuar, el Tribunal de alzada no sólo incumplió su deber de fundamentación y
- Finalmente es pertinente dejar establecido, que conforme las normas relativas al recurso de casación y
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
