Auto Supremo AS/0490/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0490/2016-RA

Fecha: 27-Jun-2016

1) En el primer motivo, alega el co-recurrente, que al inicio del juicio oral, opuso


Del recurso de Leodan Castellón Díaz

1) En el primer motivo, alega el co-recurrente, que al inicio del juicio oral, opuso excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, la cual fue rechazada, dando lugar a que hiciera reserva de recurrir; y que posteriormente, no se hubiera resuelto en el fondo. Con relación a lo cual, las excepciones e incidentes planteados por su parte, en particular la de extinción de la acción penal, rechazada en la etapa de juicio y realizada su reserva de recurrir; corresponde señalar que, conforme establece la normativa la cual regula los medios impugnatorios para la revisión de incidentes y excepciones resueltos en la tramitación del proceso penal, se tiene previsto el recurso de apelación incidental, del que surge la decisión definitiva, cuando menos en la vía ordinaria, sin que el recurso de casación sea un medio idóneo para examinar lo resuelto por el Tribunal de alzada, estando la competencia del Tribunal Supremo de Justicia delimitada a los casos previstos expresamente por ley; excepto en aquellos casos en los que se detecte incongruencia omisiva, lo cual no ocurrió en la especie, dado que de los argumentos del Auto de Vista, se denota que dicho extremo mereció pronunciamiento por parte del Tribunal de alzada. En tal sentido, este motivo resulta inadmisible