Auto Supremo AS/0594/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0594/2016

Fecha: 07-Jun-2016

Auto de Vista

Auto de Vista:
La Resolución de Alzada resolvió las apelaciones diferidas de las partes del proceso de los decretos de fs. 135, 142 y 149 y vta. Por otro lado también entró a considerar las apelaciones a la Sentencia indicando respecto a la apelación de Juan Rafael Torrez Valdivia que, el recurrente funda su observación en el informe D.A.G. UBI Nº 266/08 emitido por la Honorable Alcaldía Municipal cursante de fs. 5, mismo que acreditaría que el terreno objeto del contrato, es área forestal, es decir propiedad municipal, prueba que a criterio del Tribunal de Alzada incumple con lo establecido en el art. 1311 y 1296 del C.C., por carecer de fuerza probatoria para ser considerado y por no tener la firma de quien lo emite y estar impreso en papel simple. Concluyendo que no se adjuntó probanza alguna que acredite que el registro catastral le fue imposible al demandante, o en su caso que se certifique que el bien inmueble transferido no existe.
Respecto al recurso de apelación de Blasida Rossemary Aguilera por sí y en representación de Rose Mary Jenny Quisberth Aguilera, se estableció que, la pretensión principal se sustenta en la Escritura Pública Nº 342/2007 y no sobre la Escritura Pública 466/2000 de 20/07/2000, existiendo divergencia en el objeto de ambas causas, por lo cual no era procedente las excepciones perentorias de Cosa Juzgada y de desistimiento de la acción y del derecho