Por otro lado la recurrente, no menciona las vulneraciones a las formas esenciales del proceso
Por otro lado la recurrente, no menciona las vulneraciones a las formas esenciales del proceso o errores en que podía haber incurrido el auto de segunda instancia, por lo que siendo que con la misma pretende una nulidad procesal, mínimamente esa pretendida nulidad procesal, debe estar orientada bajo los principios que rigen las nulidades procesales, como el de trascendencia y finalidad del acto, que en alguna forma hubiera alimentado el recurso de casación en la forma, lo que no ha ocurrido; impidiendo a este Tribunal a efectuar mayores consideraciones sobre el recurso en análisis, razón por la cual deviene en improcedente
- Distrito: La Paz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Fallo de primera instancia a su vez es recurrido de apelación por Úrsula Marianela Montes
- II.1.- Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- III.- Análisis del recurso de casación
- Por otro lado la recurrente, no menciona las vulneraciones a las formas esenciales del proceso
- Lo anotado, demuestra la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en el
- Por lo que se deduce que la recurrente no cumple con el art
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
