títulos
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L
Auto Supremo: 701/2016
Sucre: 27 de junio /2016
Expediente: LP-152-15-A
Partes: Miguel Ronald Delgadillo Pacheco en representación de Carla María
Esther Crespo Carrasco de Wende, heredera de María Esther Carrasco
Jahnsen. c/ Jorge Carrasco Jahnsen y Otros.
Proceso: Colación, División y Partición de Bienes de herencia y Distribución de
bienes muebles, inmuebles, bonos, títulos y acciones dejados por Jorge
Carrasco Villalobos y Elena Jahnsen Vda. De Carrasco. Calificación de
daños y perjuicios y responsabilidad por hecho ilícito. Nulidad de
títulos accionarios y libros de registro y otros
Auto Supremo: 701/2016
Sucre: 27 de junio /2016
Expediente: LP-152-15-A
Partes: Miguel Ronald Delgadillo Pacheco en representación de Carla María
Esther Crespo Carrasco de Wende, heredera de María Esther Carrasco
Jahnsen. c/ Jorge Carrasco Jahnsen y Otros.
Proceso: Colación, División y Partición de Bienes de herencia y Distribución de
bienes muebles, inmuebles, bonos, títulos y acciones dejados por Jorge
Carrasco Villalobos y Elena Jahnsen Vda. De Carrasco. Calificación de
daños y perjuicios y responsabilidad por hecho ilícito. Nulidad de
títulos accionarios y libros de registro y otros
- títulos
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra dicha resolución, la parte demandada interpuso recurso de apelación, motivo por el cual se
- Auto de Vista
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Por otro lado, señala la vulneración al debido proceso que exige la presencia de motivación
- Finalmente, reitera sobre el hecho que el Juez A quo no se percató que el
- Por dichos motivos peticiona que se ANULE el Auto de Vista por no haberse pronunciado
- Respuesta al Recurso de casación
- Por otro lado, Armando Mendizábal Rivera bajo el mismo tener que la primera contestación al
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Del espíritu de la norma y doctrina citada, se puede concluir que si bien el
- Teniendo en claro la esencia de este instituto jurídico, corresponde reiterar que para la procedencia
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por otro lado, respecto a la supuesta infracción al debido proceso en su elemento de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
