Que, al dictarse la sentencia no se compulsó debidamente lo expuesto en la contestación a
I.2 Motivos del Recurso de Casación
Notificada con el precitado Auto de Vista, COFERSA LTDA., formula recurso de “nulidad o casación” mediante memorial cursante de fs. 65 a 66, en el que expone lo siguiente:
Que, al dictarse la sentencia no se compulsó debidamente lo expuesto en la contestación a la demanda, menos lo actuado en la Inspectoría del Trabajo. Que Patricio Flores no era trabajador de la Empresa ya que COFERSA, a fin de desarrollar su trabajo, contrata personas que, por su cuenta, se encargan a su vez de contratar personal y mano de obra para que realicen sus construcciones y por tanto, la relación laboral es entre estas terceras personas y subcontratistas, por ello en la confesión el demandante señaló que fue despedido por Carlos Soliz el mismo que es contratista de COFERSA
Notificada con el precitado Auto de Vista, COFERSA LTDA., formula recurso de “nulidad o casación” mediante memorial cursante de fs. 65 a 66, en el que expone lo siguiente:
Que, al dictarse la sentencia no se compulsó debidamente lo expuesto en la contestación a la demanda, menos lo actuado en la Inspectoría del Trabajo. Que Patricio Flores no era trabajador de la Empresa ya que COFERSA, a fin de desarrollar su trabajo, contrata personas que, por su cuenta, se encargan a su vez de contratar personal y mano de obra para que realicen sus construcciones y por tanto, la relación laboral es entre estas terceras personas y subcontratistas, por ello en la confesión el demandante señaló que fue despedido por Carlos Soliz el mismo que es contratista de COFERSA
- Demandado: Empresa Constructora COFERSA LTDA
- VISTOS: El recurso de casación (fs
- Que, al dictarse la sentencia no se compulsó debidamente lo expuesto en la contestación a
- Prosigue afirmando que clara prueba de ello es el informe de fs
- Antes de ingresar al análisis de los requisitos de admisibilidad, es necesario referir que el
- Que, sobre esa base, corresponde verificar si en la formulación del presente recurso se cumplieron
- En ese mérito, de la lectura del recurso en examen se constata que el mismo
- Por lo expuesto, en aplicación del razonamiento contenido en la Sentencia Constitucional Plurinacional 1860/2014 de
- Considerándose cumplida de forma razonable la carga procesal explicitada en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Firmado
