Auto Supremo AS/0242/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0242/2016

Fecha: 25-Jul-2016

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo

En relación al segundo motivo sobre las denuncias de contradicciones en el Tribunal Ad quem que por un lado declarara probada la relación laboral del recurrente con el demandado, y por otro, desconoce este extremo a efectos de cumplir la obligación de pago de sueldos por el tiempo trabajado, no se evidencia la contradicción advertida por el recurrente, motivo por el cual corresponde aplicar el art. 220.II del Nuevo Código Procesal Civil, aplicables por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la LOJ, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 147 a 150, interpuesto por Vladimir Uriona Guzmán, en representación legal de Vicente Toro Campusano, contra el Auto de Vista Nº 575/2015 de 10 de noviembre., Con costas