Regístrese, hágase saber y devuélvase
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación, interpuesto por el imputado Rubén Carlos Limachi Miranda, cursante de fs. 78 a 79 vta.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Por memorial presentado el 23 de diciembre de 2015, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a) Por Sentencia 26/2014 de 25 de noviembre (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Elena Gemio de Guarachi (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 207/2016-RA de 21 de marzo,
- El recurrente reclama, que el Auto de Vista recurrido incrementó la pena sin la fundamentación
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita se admita el recurso de casación, se devuelva obrados a la Sala
- Mediante Auto Supremo 207/2016-RA de 21 de marzo, este Tribunal admitió el recurso de
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 26/2014 de 25 de noviembre, el Juez Segundo de Sentencia en lo Penal
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- III.1. Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
- Las resoluciones, para su validez y eficacia, deben ser debidamente fundamentadas y motivadas; debiendo entenderse
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- III.2. Análisis del caso concreto
- En el caso de autos, el recurso de casación fue admitido para su análisis de
- En consecuencia, se constata que no es evidente que el Tribunal de alzada hubiere fundamentado
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
