c) De los antecedes remitidos a este Tribunal de casación no cursa la diligencia de
c) De los antecedes remitidos a este Tribunal de casación no cursa la diligencia de notificación con el Auto de Vista recurrido a la imputada Yaskara Vania Torrez Flores
- Delitos: Tráfico de Sustancias Controladas y otros
- Por memorial presentado el 24 de febrero de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el representante del Ministerio Público, interpuso recurso de apelación restringida
- c) De los antecedes remitidos a este Tribunal de casación no cursa la diligencia de
- La recurrente haciendo referencia a la Sentencia absolutoria emitida por el Tribunal Cuarto de Sentencia,
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En cuanto a las denuncia de; i) Incumplimiento de los requisitos previstos por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
