II.3. Del Auto de Vista impugnado
3) Acusa que la Sentencia no habría valorado la prueba producido en juicio conforme a las reglas de la sana crítica, incumpliendo el art. 359 del CPP, tampoco contendría el voto de los miembros del Tribunal.
4) Finalmente, acusa errónea aplicación de la Ley sustantiva, señalando que en la Sentencia se habría hecho una valoración defectuosa de la prueba, puesto que a decir del recurrente la prueba testifical de cargo, además de las pruebas tanto pericial como documental, especificando la literal D-P1, hubiere establecido que la acusada hizo construir sobre el terreno del acusado, destruyendo además el bordo de su lindero, incluso habría hecho desaparecer incluso un pasaje que existía, aspectos que no habrían sido valorados, indicando que la fundamentación de la Sentencia estaría dirigida a una resolución de división y partición de un terreno hereditario y no así sobre la Alteración de Linderos, concluye indicando que basa su denuncia en la vulneración de los incs. 5), 6) y 8) del art. 370 del CPP.
II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Por memorial presentado el 28 de enero de 2016, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a) Por Sentencia 6/12 de 6 de febrero de 2012 (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Hugo Hinojosa Méndez, interpuso recurso de apelación
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- 1) Auto de Vista ultra petita
- 2) Vulneración del principio de congruencia
- Argumenta que contrariamente a lo resuelto por el Tribunal de Alzada, el Juez a quo,
- En la parte que subtitula “Determinación de la existencia o no de contradicción entre el
- La recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido y se determine
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 238/2016-RA de 21 de marzo, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- b) Los testigos de forma uniforme señalaron que conocen al acusador, que es propietario y
- c) Según los documentos de propiedad de la acusada, se observa que su terreno tiene
- d) La propiedad del acusador, según sus documentos de propiedad tendría una superficie de 3
- e) Por otro lado, el perito de cargo de manera extraña, no consignó la superficie
- El acusador particular Hugo Hinojosa Méndez, interpone recurso de apelación restringida, denunciando lo siguiente
- 2) Como segundo motivo de su recurso denuncia que la Sentencia no tendría fecha de
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por Auto de Vista
- III.1. Fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones judiciales
- Las resoluciones para su validez y eficacia, deben ser debidamente fundamentadas y motivadas, debiendo entenderse
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar,
- En cuanto al principio de congruencia, el Auto Supremo 396/2014-RRC de 18 de marzo, señaló:
- El principio de congruencia se configura en dos modalidades: a) La primera, conocida como congruencia
- III.2. Análisis del caso en concreto
- Previamente es menester destacar que el recurso de casación sujeto al presente análisis, fue admitido
- En el ámbito de análisis delimitado por el Auto de Admisión emitido en la causa,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por los arts
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
