II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
En conocimiento de la Resolución de Alzada el recurrente Sergio Gregorio Fernández Espindola en representación de Roberto Morales España en su condición de la “Empresa Morales Construcciones” interpuso recurso en el fondo cursante de fs. 39 a 41 de obrados el cual se analiza:
II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN:
El recurrente en el recurso de casación en el fondo expresa los siguientes reclamos:
1.- Refiriendo conceptos sobre la jurisdicción y competencia el recurrente reclama que el Juez no puede negarse a resolver un asunto sometido a su conocimiento, porque la jurisdicción que le confiere el Estado resulta suficiente para lograr su cometido principal que sería la resolución de un conflicto particular, sin embargo la jurisdicción no marcha por sí sola, sino que necesariamente va acompañada de la Competencia que conforme la define el art. 12 de la Ley del Órgano Judicial, como el modo o manera que se ejerce esa jurisdicción por circunstancias concretas, cuantía grado, turno, territorio, naturaleza, imponiéndose por lo tanto una competencia por necesidades de orden práctico, en ese sentido la jurisdicción es el género mientras que la competencia es la especie, así, todos los jueces tienen jurisdicción pues tienen el poder administrar justicia, pero cada juez tiene competencia para conocer y resolver determinados asuntos
- Fernando
- Proceso: Resolución de Contrato
- Distrito: Tarija
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De la Respuesta al Recurso de Casación
- No existe respuesta al recurso de casación
- III.1.- Sobre 106-I del Código Procesal Civil
- III.2.- Sobre la Ley de Arbitraje y Conciliación
- “…
- Que en aplicación del art
- Por lo expuesto, corresponde fallar en la forma prevista por el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del estado Plurinacional de Bolivia,
- Siendo excusable el error a los vocales signatarios del Auto de Vista no se les
- En cumplimiento de lo dispuesto por el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
