Acusa de violación, interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, enumerando las pruebas que
Acusa de violación, interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, enumerando las pruebas que hubiera adjuntado al proceso, certificado alodial, plano de ubicación específica del lote de terreno, informe de avalúo pericial, certificación de aprobación de construcción, alodial matrícula, plano individual, acta de desconocimiento de domicilio falso, certificación de uso de suelo, respuesta de la Alcaldía Municipal sección impuestos que verificaría la inexistencia de letrero de usucapión, cita luego a un Auto Supremo, e indica que el tribunal de alzada no hubiera en su función revisora de verificar que el inferior no valoró, las prueba que presentó, y que el art. 105 del Código Civil establecería su derecho de propiedad, más aun si el fallo tuviera falta de motivación. Califica de falsas las afirmaciones del Ad quem, que no tomaría en cuenta principios constitucionales, y sobre todo la verdad material, pues se habría demostrado que es propietario del lote de terreno objeto de Litis, por lo que dice no se habría realizado ese acto conforme a las normas procesales, por ello habrían cometido un acto indebido, interpretación indebida, aplicación indebida, incurriendo en lo previsto por el art. 253-1) y 3) del Código de Procedimiento Civil
- y Presuntos
- Proceso: Usucapión. Distrito: Santa Cruz
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por Hugo Antelo Zankys por
- En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Acusa violación del art
- En el fondo
- Acusa de violación, interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, enumerando las pruebas que
- Por lo que pide se case el Auto de Vista, se revoque la sentencia y
- De la respuesta a los recursos de casación
- En la forma no indicaría que parte es la que no se pronunció
- En el fondo, que están en posesión pacífica y continuada por más de diez años
- Por lo anterior pide se al no cumplir con lo previsto por el art
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- La Casación tiene por fin privilegiar la recta aplicación de la ley y de esta
- Respecto a la Usucapión decenal o extraordinaria se verifica el Auto Supremo No
- En el orden propuesto, se pasa a resolver el recurso de casación formulado
- Por otro lado respecto a la acusación de haberse violado el art
- Sin embargo, de la lectura del recurso se verifica que contiene una descripción de las
- Al margen de lo anterior, si bien es cierto que se menciona el Art
- Bajo ese razonamiento, corresponderá emitir resolución por el infundado
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
