Auto Supremo AS/0861/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0861/2016

Fecha: 20-Jul-2016

En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de

En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista de 26 de junio de 2015 a fs. 208 y vta., por el que CONFIRMA totalmente la Sentencia de fecha 13 de enero de 2015, argumentando que lo hace en sujeción a lo previsto por el art. 236 del Código de Procedimiento Civil. Respecto a la certificación emitida por la Dirección de Gestión Catastral dependiente del Gobierno Municipal, tendría por objeto demostrar respecto a la ocupación, y si tiene mejoras introducidas o no, mas no la antigüedad de la posesión, que debe ser demostrada por otros medios de prueba, como en el caso los servicios públicos y agua potable data de 1992. Por otro lado la carencia de letrero que señale se encuentra en trámite de usucapión, no implica posesión viciosa que acarre sanción de nulidad, y este aspecto debiera ser denunciado al Juez a efecto de su verificación. En cuanto a los demás agravios, igualmente resultarían falsos puesto que la demanda hubiera sido ampliada en contra del recurrente en atención a la certificación de fs. 21, quien habría asumido defensa. Consideran además que conforme al art. 1283 del Código Civil los demandantes demostraron los extremos de su pretensión