Auto Supremo AS/0861/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0861/2016

Fecha: 20-Jul-2016

Por otro lado respecto a la acusación de haberse violado el art

Por otro lado respecto a la acusación de haberse violado el art. 236 del Código de Procedimiento Civil, sensiblemente el recurrente sólo de manera genérica menciona que ello hubiera ocurrido, y que existiera vulneración del principio de pertinencia, refiriendo que no existiera respuesta puntual a cada uno de los puntos indicados, en contraposición de lo indicado por el recurrente de manera precisa el Ad quem señaló que los agravios acusados en apelación no eran ciertos, y que se encontraba plenamente demostrada la posesión pacífica y continuada de los demandantes por más de diez años, asimismo en el segundo párrafo del segundo considerando analizó la certificación emitida por la Dirección de Gestión Catastral dependiente del Gobierno Municipal, concluyendo de ella que la misma tuviera por objeto únicamente demostrar que el inmueble se encontraba ocupado por la persona que demanda y las mejoras introducidas, más no la antigüedad de la posesión que podía ser demostrada por otros medios de prueba, describiendo a los servicios públicos. Lo anterior evidencia que el Ad quem respondió a los agravios formulados, no existiendo omisión como pretende demostrar el recurrente que pudiera afectar al principio de pertinencia y por lo mismo vulnerar lo dispuesto por el art. 236 del Código de Procedimiento Civil, careciendo por lo mismo de sustento fundamentado lo acusado en la forma