Auto Supremo AS/0086/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0086/2016

Fecha: 10-Ago-2016

Consecuentemente, en aplicación a la norma contenida en el artículo 507 parágrafo IV) del nuevo


POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la atribución conferida por el numeral 8 del artículo 38 de la Ley del Órgano Judicial, los artículos 503 parágrafos II) y 507 parágrafo III) del Nuevo Código Procesal Civil, HOMOLOGA la Sentencia de Divorcio Nº 219/13 de fecha 26 de septiembre de 2014, pronunciada por el Juzgado Primera Instancia 6 Reus, Tarragona, Catalunya - España, seguido por Sara Flora Alarcón Durán contra Jorge Julio Gómez Cárcel, cursantes en obrados de Fs. 3 a 6.

Consecuentemente, en aplicación a la norma contenida en el artículo 507 parágrafo IV) del nuevo Código Procesal Civil, se ordena su cumplimiento al Juez Público en materia Familiar de Turno, de la ciudad de Santa Cruz, para que en ejecución de sentencia proceda a la cancelación de la Partida Nº 74, folio Nº 74, del Libro Nº 58/2011 a cargo de la Oficialía del Registro Civil Nº 694, del Departamento de Santa Cruz, Provincia Andrés Ibáñez, Localidad Santa Cruz de la Sierra - Bolivia, con fecha de partida de 25 de febrero de 2012