Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0086/2016
Fecha: 10-Ago-2016
EXPEDIENTE Nº:01/2016
EXPEDIENTE Nº:01/2016
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AUTO SUPREMO: 86/2016
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FECHA:Sucre, 10 de agosto de 2016
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EXPEDIENTE Nº:01/2016
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PROCESO:Homologación de Sentencia
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CONSIDERANDO I: Que, por memorial de fojas 10 y 11, Jaime Fortún Calvo se apersonó
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Que, previamente subsanada la demanda a fojas 15, se admite la misma por proveído de
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Que, no habiendo las partes procreado hijos durante el matrimonio, no quedaron puntos pendientes a
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De igual manera, se comprueba además que toda la documentación se encuentra debidamente legalizada por
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CONSIDERANDO III: Que, según dispone el artículo 502 del Nuevo Código Procesal Civil, las sentencias
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Que, el artículo 504 numeral I), de la misma norma adjetiva, dispone que si no
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Que los incisos 2), 3), 4), 5), 6) y 8) del artículo 505 del Nuevo
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Que, revisada la documentación adjunta a la solicitud de homologación, se concluye que en la
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Consecuentemente, en aplicación a la norma contenida en el artículo 507 parágrafo IV) del nuevo
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A ese efecto, por Secretaría de Sala Plena, líbrese provisión ejecutoria adjuntándose copia legalizada de
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Previo desglose adjúntese también la documental que cursa de fs
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Sala Plena
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