Falta de motivación y congruencia en el Auto de Vista recurrido, precisando que los puntos
I.1.2. Auto de Vista
En grado de apelación deducido por la parte demandada (fs. 119 a 120), la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista Nº 28, de 21 de enero de 2015 (fs. 132 a 133), resolvió confirmar en todas sus partes la Sentencia N° 83, de 28 de mayo de 2014, con costas.
I.2. Motivos del recurso de casación
Contra la Resolución de segunda instancia, la parte demandada formuló recurso de casación en la forma como en el fondo (fs. 136 a 137), que en lo sustancial de su contenido refiere:
I.2.1. Recurso de Casación en la forma
Falta de motivación y congruencia en el Auto de Vista recurrido, precisando que los puntos que fueron objeto de la apelación no fueron resueltos en su totalidad por el señalado fallo; así:
i) Sobre el reclamo de falta de valoración debida de la prueba y contradicción en la sentencia respecto al número de veces que se convocó a audiencia para confesión provocada a la demandada; el fallo recurrido, sin valorar el acta de fs. 72, da por verdad el cuestionario de preguntas del sobre abierto parta dicho cometido, “sin indicar cuales son los hechos que da por verdad”, sin citar una sola norma legal en la que funde su decisión y “sin pronunciarse sobre la contradicción existente en la sentencia”; situación que vulnera el art. 192 numeral 2 con relación al art. 232 del CPC, además de vulnerar el derecho al debido proceso
En grado de apelación deducido por la parte demandada (fs. 119 a 120), la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista Nº 28, de 21 de enero de 2015 (fs. 132 a 133), resolvió confirmar en todas sus partes la Sentencia N° 83, de 28 de mayo de 2014, con costas.
I.2. Motivos del recurso de casación
Contra la Resolución de segunda instancia, la parte demandada formuló recurso de casación en la forma como en el fondo (fs. 136 a 137), que en lo sustancial de su contenido refiere:
I.2.1. Recurso de Casación en la forma
Falta de motivación y congruencia en el Auto de Vista recurrido, precisando que los puntos que fueron objeto de la apelación no fueron resueltos en su totalidad por el señalado fallo; así:
i) Sobre el reclamo de falta de valoración debida de la prueba y contradicción en la sentencia respecto al número de veces que se convocó a audiencia para confesión provocada a la demandada; el fallo recurrido, sin valorar el acta de fs. 72, da por verdad el cuestionario de preguntas del sobre abierto parta dicho cometido, “sin indicar cuales son los hechos que da por verdad”, sin citar una sola norma legal en la que funde su decisión y “sin pronunciarse sobre la contradicción existente en la sentencia”; situación que vulnera el art. 192 numeral 2 con relación al art. 232 del CPC, además de vulnerar el derecho al debido proceso
- Demandado: Honda Sport S.R.L
- VISTOS: El recurso
- Falta de motivación y congruencia en el Auto de Vista recurrido, precisando que los puntos
- ii) El Tribunal que resolvió en apelación, no se pronunció respecto a lo declarado por
- Acusa que el Tribunal Ad quem incurrió en interpretación errónea y aplicación indebida de la
- Refiere que en ambos fallos de instancia no se aplicó el principio de legalidad, en
- Solicita al Tribunal Supremo de Justicia, que previo el trámite de rigor, “…dicte el correspondiente
- Corrido en traslado el recurso de casación interpuesto por la empresa demandada, la parte actora
- Que la acusación de falta de motivación y congruencia en el Auto de Vista recurrido,
- En cuanto a la multa del 30%, señala que la norma comprendida en el art
- Solicita al máximo tribunal de justicia, rechazar el recurso de nulidad o casación y sea
- CONSIDERANDO II
- En ésa línea, el estudioso del derecho Eduardo Couture clasifica a los actos procesales nulos
- Al tratar sobre las nulidades procesales debemos tener en cuenta que no se trata de
- En ese sentido es preciso distinguir las formas esenciales de las meras formalidades, a las
- El principio de trascendencia, sobre el que se ha dicho que la nulidad es la
- El principio de convalidación, sobre el cual Couture señala, toda nulidad procesal se convalida por
- Por lo señalado, no se encuentra cierta la vulneración del art
- El reclamo se centra en la multa del 30% impuesta por los fallos de fondo,
- Se acusa que el Tribunal “Ad quem” incurrió en interpretación errónea y aplicación indebida de
- Al respecto, el Tribunal de Apelación, luego de la revisión de antecedentes, concluyó que la
- En relación a que los fallos de instancia habrían omitido aplicar el principio de legalidad
- Por lo señalado, habiendo establecido que los argumentos expuestos por la parte recurrente en su
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Con costas y costos al recurrente, en aplicación del art. 223.V.2. del CPC
- Se regula el honorario del abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
