Auto Supremo AS/0276/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0276/2016

Fecha: 25-Ago-2016

ii) El Tribunal que resolvió en apelación, no se pronunció respecto a lo declarado por

ii) El Tribunal que resolvió en apelación, no se pronunció respecto a lo declarado por la demandante en su confesión provocada, que prueba que el finiquito se encontraba listo en las oficinas y que incluso se la llamo para que pase a cobrar sus beneficios sociales, sin embargo se negó porque siempre actuó de mala fe respecto a la multa del 30% prevista en el DS N° 28699 de 01/05/2006, o que hace que el auto de vista recurrido se encuentre viciado de nulidad, al no haber valorado la señalada prueba, vulnerando con ello los arts. 198.2) y 236 del CPC con relación al art. 202 del Código Procesal del Trabajo (CPT)