c) Por diligencia 13 de junio de 2016 (fs
c) Por diligencia 13 de junio de 2016 (fs. 786), el recurrente fue notificado con el referido Auto de Vista e interpuso recurso de casación mediante memorial presentado en el domicilio del Secretario de Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca el 22 de junio de 2016 (fs. 804 vta.) y el 23 de junio de 2016 según timbre electrónico (fs. 802 a 814)
- Por memorial presentado el 22 de junio de 2016, de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia 13 de junio de 2016 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- A los fines de verificar el cumplimiento de los requisitos de admisión del presente recurso,
- Respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, el art
- En el presente caso, del análisis de los actuados procesales, se evidencia que el lunes
- Constatada la presentación extemporánea del recurso, no corresponde verificar los demás requisitos, toda vez que
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
