Auto Supremo AS/0629/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0629/2016-RRC

Fecha: 23-Ago-2016

Por otra parte, respecto a que la declaración de la acusada no es prueba, se


Por otra parte, respecto a que la declaración de la acusada no es prueba, se debe entender que no existe prohibición o limitación alguna en el ordenamiento jurídico vigente para que la declaración de la parte imputada sea total o parcialmente considerada por el Juez o Tribunal de origen, en armonía obviamente con los elementos probatorios existentes en la causa, tal como sucedió en el presente caso, cuando la admisión voluntaria de la imputada de que la cuenta jamás tuvo más de Sus. 2000.- (dos mil dólares estadounidenses), fue ponderada por el Juez de Sentencia de acuerdo a los elementos de prueba resultantes de la documental A-1, consistente en el cheque motivo de la causa, quedando demostrado que el Juez de mérito valoró el conjunto de la prueba