Auto Supremo AS/0663/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0663/2016-RA

Fecha: 31-Ago-2016

Como segundo motivo de casación, se advierte que el recurrente, de manera confusa, por un


Como segundo motivo de casación, se advierte que el recurrente, de manera confusa, por un lado sostiene que el Tribunal de apelación ni siquiera se dignó en responder sobre el agravio de defectuosa valoración de la prueba; y, por otro, haciendo mención a la falta de motivación y fundamentación, denuncia que en el Auto de Vista se valoró prueba. Asimismo, citando el punto “II.3.21” de la Resolución de alzada, sobre que el Tribunal de Sentencia no incurrió en ninguno de los defectos señalados, sino que asumió que la víctima se encontraba más embriaga en base a las declaraciones de las testigos, refiriendo fundamentos de la Sentencia, señala nuevamente que el Tribunal nuevamente revalorizó la prueba, a cuyo efecto cita los Autos Supremos 444 de 15 de octubre de 2005 y 206/2012 de 9 de agosto, soslayando cumplir su obligación de explicar en términos claros y precisos la contradicción del Auto de Vista recurrido, que como se explicó precedentemente el recurrente expone una confusa denuncia, con los precedentes invocados, a partir de la comparación de hechos similares y de las normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos, supuestos que tampoco cumple el impugnante pues se limita a efectuar una mera transcripción del contenido de los precedentes sin acompañarlos de una mínima explicación, falencia argumentativa que este Tribunal no puede ignorar ni mucho menos suplir de oficio; por cuanto, la exposición clara de la denuncia en casación, conforme se estableció en el apartado III del presente Auto Supremo, es un carga procesal atribuida al recurrente; en consecuencia, el motivo resulta inadmisible