Auto Supremo AS/0663/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0663/2016-RA

Fecha: 31-Ago-2016

Regístrese, hágase saber y cúmplase


Por último, se aclara al recurrente que, no obstante aducir vulneración del debido proceso y el principio de la debida fundamentación o motivación de las decisiones judiciales y el principio de congruencia, la falta de claridad en el hecho generador de la supuesta lesión, impide igualmente su admisión excepcional; por lo que, en definitiva el motivo de casación resulta inadmisible.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Adán Romero Nolasco, cursante de fs. 484 a 489, únicamente de los motivos descritos en los incs. 1) y 3) del apartado II del presente Auto Supremo; asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas: del Auto de Vista 75/2016 de 27 de junio, cursante de fs. 461 a 466 vta., así como el presente Auto Supremo.

Regístrese, hágase saber y cúmplase