iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación subjetiva del recurrente respecto a cómo cree que debió ser resuelta la alegación; sino, la adecuación del recurso indefectiblemente a la normativa legal, para que a partir de ello, este Tribunal de Justicia, pueda cumplir con su competencia (art. 419 del CPP), sin que pueda considerarse a este medio de impugnación una nueva oportunidad de revisión del fallo de mérito.
iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente contradictorio deberá ser invocado a tiempo de su interposición; a menos que la sentencia le fuera inicialmente favorable a la parte y por lo tanto aquella resolución judicial no le genere agravio alguno, sino que éste surge en apelación cuando se dictó el Auto de Vista; caso en el cual, el recurrente tiene la carga procesal de invocar el precedente contradictorio en el momento de interponer el recurso de casación
- Por memorial presentado el 6 de julio de 2016, cursante de fs
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, el imputado Adán Romero Nolasco, interpuso recurso de apelación restringida
- c) Notificado el recurrente Adán Romero Nolasco con el referido Auto de Vista 29 de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) El recurrente, previa cita del Auto Supremo 444 de 15 de octubre de 2005,
- Seguidamente, expresa que el Auto de vista impugnado se dictó sin motivación y fundamentación; valoró
- El Auto de vista impugnado, en el análisis del caso concreto, punto “II
- 3) El Auto de Vista recurrido es una copia o transcripción de la Sentencia en
- 4) El Tribunal de alzada al dictar el Auto de Vista recurrido, que declara sin
- Finalmente, previa cita de la Sentencia Constitucional 0014/2010-R de 12 de abril, asevera que en
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurrente fue notificado con el Auto
- Ahora bien, respecto al primer motivo en el que el recurrente aduce que el Auto
- Como segundo motivo de casación, se advierte que el recurrente, de manera confusa, por un
- Con relación al tercer motivo, se tiene que el recurrente acusa que el Auto de
- Se aclara que la denuncia de revalorización de los testigos, no será analizada en el
- Con relación al cuarto y último motivo, se advierte que nuevamente el recurrente incurre en
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
