I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación de fs. 377 a 385 formulado por Asociación Mutual de Ahorro Préstamo Para la Vivienda “La Primera” en contra del Auto de Vista signado con Resolución Nº S-221/2015 de fecha 21 de junio que cursa de fs. 349 a 350 vta., y el Auto complementario de 24 de julio de 2015 que cursa de fs. 364, pronunciado por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso por restitución de lo pagado indebidamente que sigue Marco Antonio Echave contra Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda La Primera, la concesión de fs. 393, los antecedentes procesales; y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido Noveno en lo Civil y comercial de la ciudad de La Paz, pronuncia la Sentencia signada con Resolución Nº 166/2014 de 26 de septiembre, que declara probada la demanda de fs. 118 a 122 aclarada en escrito de fs. 123 y vta., interpuesta por marco Antonio Echave e improbada la excepción perentorias de falta de acción, derecho y legitimación opuesta en escrito de fs. 168 a 172 vta., por Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda “La Primera” y ordena a esta entidad restituya la suma de $us. 32.011,53.- dentro de tercero día de ejecutoriado el fallo, más intereses legales a cuantificarse desde el día de la demanda, con costas conforme al art. 198.II del Código de Procedimiento Civil
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido Noveno en lo Civil y comercial de la ciudad de La Paz, pronuncia la Sentencia signada con Resolución Nº 166/2014 de 26 de septiembre, que declara probada la demanda de fs. 118 a 122 aclarada en escrito de fs. 123 y vta., interpuesta por marco Antonio Echave e improbada la excepción perentorias de falta de acción, derecho y legitimación opuesta en escrito de fs. 168 a 172 vta., por Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda “La Primera” y ordena a esta entidad restituya la suma de $us. 32.011,53.- dentro de tercero día de ejecutoriado el fallo, más intereses legales a cuantificarse desde el día de la demanda, con costas conforme al art. 198.II del Código de Procedimiento Civil
- la Vivienda
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Apelada la resolución de primera instancia, se pronuncia el Auto de Vista de fs
- II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Señala que el art
- La contestación al recurso de casación de fs
- Por lo que solicita se declare infundado el recurso de casación
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Diremos que la fundamentación de la Sentencia constituye una garantía para las partes del proceso,
- Al respecto el art
- Como se señaló la motivación de la Sentencia debe responder a esos tres aspectos esenciales
- Es deber de los operadores judiciales de absolver los reclamos argumentados las razones por la
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Correspondiendo dictar Resolución conforme determina el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
- Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani.
